LEY DE MODERNIZACIÓN LABORAL
1. Introducción y Alcance de la Reforma
La presente Ley representa un cambio de paradigma en el ordenamiento laboral argentino.
Sus objetivos principales son: simplificar el registro y gestión de trabajadores, reducir la litigiosidad y la discrecionalidad judicial,
generando mayor previsibilidad en los costos de contratación y desvinculación, modernizar la negociación colectiva y fomentar la inversión y generación de empleo formal.
Observación: Conforme al artículo 217, la Ley rige desde su publicación en el Boletín Oficial, aplicándose también a las relaciones laborales existentes (art. 7 del Código Civil y Comercial).
2. Relaciones Individuales de Trabajo
2.1 Redefinición de Conceptos
- Se excluyen de la LCT: contratos de obra, servicios, agencia, fletes, personal embarcado, autónomos con colaboradores y trabajadores de plataformas.
- La presunción del art. 23 LCT no aplica con locaciones documentadas con factura conforme ARCA.
- Se restringe el principio de norma más favorable (art. 9): se aplica el criterio de “agrupamiento por instituciones”.
- Se elimina referencia a justicia social, usos y costumbres.
Observación: Se analiza el beneficio global (vacaciones + sueldo + licencias), no cláusula por cláusula.
- Antigüedad (art. 18): incluye contratos sucesivos.
- No se computa antigüedad si pasan más de 2 años entre relaciones.
- Gratuidad judicial se mantiene, pero se sanciona la pluspetición inexcusable.
2.2 Flexibilidad en la Organización del Trabajo
- Ius variandi (art. 66): permitido sin alterar condiciones esenciales.
- Se elimina acción sumarísima de reinstalación.
- Contrato a tiempo parcial:
- Se elimina límite de 2/3.
- Se permiten horas extras hasta jornada máxima.
- Salario proporcional.
- Obra social como jornada completa.
- Contrato a plazo fijo: indemnización según tiempo hasta vencimiento.
- Contrato eventual: definición ampliada.
- Vacaciones:
- Entre 1° octubre y 30 abril.
- Fraccionables (mínimo 7 días).
- Preaviso 30 días.
- Renuncia: física o digital.
- Abandono recíproco: 2 meses sin actividad.
- Prestación por desempleo: también en mutuo acuerdo.
2.3 Intermediación, Subcontratación y Solidaridad
- Responsabilidad limitada al período efectivo.
- Subcontratación: solo actividades normales y específicas.
- Eximición si se controla documentación.
- Transferencia: límites ante ocultamiento.
2.4 Remuneración
- Prohibido pago en efectivo o billeteras virtuales.
- Beneficios sociales: comedor, prepaga, capacitación.
- Propinas: no remunerativas.
- Salario dinámico: puede ser variable y no genera derecho adquirido.
- Prestaciones no remunerativas:
- Internet y telefonía
- Transporte con comprobantes
- Vivienda
- Acciones
- Viáticos
2.5 Jornada
- Límite: 8 hs diarias / 48 semanales.
- Excepciones: dirección y vigilancia.
- Descanso: 12 hs entre jornadas, 35 hs semanal.
- Banco de horas permitido.
2.6 Licencias por enfermedad
- Certificados digitales obligatorios.
- Debe incluir diagnóstico, tratamiento y reposo.
- Junta médica en caso de conflicto (a cargo del empleador).
2.7 Extinción del contrato
- Se elimina preaviso en período de prueba.
- Indemnización: sin cambios (art. 245).
- 1 sueldo por año o fracción.
- Definición de habitual (6 meses).
- Normal: promedio.
- Mínimo: 67% MRMNH.
2.8 Digitalización
- Libros y recibos digitales.
- Conservación: 10 años previsional / 2 laboral.
- Certificados automáticos vía ARCA.
2.9 Fondo de Asistencia Laboral (FAL)
- Vigente desde 1/06/2026.
- Contribución:
- 1% grandes empresas
- 2,5% PyMEs
- Base indemnizatoria más previsible.
- Posible reemplazo por fondo de cese.
3. Procedimiento y Litigiosidad
- Tope 25% costas.
- Honorarios según trabajo.
- Caducidad: 6 meses / 3 meses.
- Intereses: IPC + 3%.
- Pago en cuotas: 6 grandes / 12 PyMEs.
- Competencia territorial a elección del trabajador.
4. Incentivos
4.1 RIFL
- Contribuciones al 5% por 48 meses.
- Para nuevos empleados.
4.2 PER
- Regularización laboral.
- Condonación de multas.
- Hasta 60 meses de aportes.
4.3 RIMI
- Inversión entre USD 150.000 y 9.000.000.
- Amortización acelerada.
- Devolución anticipada de IVA.
5. Derogación de Estatutos
- Periodistas
- Viajantes
- Teletrabajo
- Peluqueros
6. Trabajadores de Plataformas
- Relación independiente.
- Cobertura de salud.
- Capacitación.
- Negociación colectiva.
7. Acciones Recomendadas
| Prioridad | Acción |
|---|---|
| INMEDIATA | Auditar contratos vigentes. |
| INMEDIATA | Revisar subcontratación. |
| INMEDIATA | Evaluar impacto procesal. |
| CORTO PLAZO | Analizar RIFL. |
| CORTO PLAZO | Evaluar impacto FAL. |
| CORTO PLAZO | Actualizar políticas internas. |
| MEDIANO PLAZO | Evaluar RIMI. |
Los mantendremos al tanto de la evolución de esta reforma y otros proyectos en curso.
Dr. Miguel Ángel Reibel
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